El Congreso de Tamaulipas aprobó la nueva disposición y también habrá prisión de 5 años a quien contagie con dolo
Por Arturo Rosas H.
CiIUDAD VICTORIA Tam. | Los diputados en Tamaulipas acordaron por unanimidad, dar protección al personal médico desde las leyes y dar justicia para aquellos ciudadanos que sean contagiados por una enfermedad, como el coronavuris, de forma intencional.
Quien agreda o discriminen al personal médico será castigado con una pena de 4.5 años de prisión y quienes, sabiendo que tienen una enfermedad, contagien con dolo a otra persona, podrían alcanzar hasta 5 años de prisión.
En las reformas aprobadas al Código penal del Estado, los diputados advirtieron que estas, serán, “las armas legales” para poder reaccionar contra quienes agredan en diferentes formas, al personal que hoy está al frente de la atención de salud de los ciudadanos que están enfermedad de coronavirus.
Feliz Fernando García Aguiar, Presidente de la Comisión de Justicia, detalló que, quienes agredan, en el periodo de contingencia por el virus de Covid-19 al personal médico, alcanzarán una pena de 4.5 años de prisión y una multa por 26 mil pesos.
La iniciativa que, fue presenta en origen por el Diputado Gerardo Peña Flores, establece además que, quienes “menoscaben los derechos humanos o nieguen un servicio o prestación al personal médico y de salud”, serán castigados con esta misma pena.
“Es necesario contar con la más amplia protección jurídica para las personas que están al cuidado de la salud de la ciudadanía”, expuso García Aguiar.
Durante la sesión ordinaria y presencial en el Congreso del Estado, los diputados también aprobaron reformas para castigar a quienes dolosamente, contagien a otra persona de la enfermedad que tengan.
La promovente de la iniciativa, la Diputada Edna Rivera López, coordinadora de la fracción de Morena, presentó uno de los dictámenes que más destacaron durante la sesión.
Ahora, la persona que contagie de coronavirus con dolo a otra persona, sabiendo que es portador, podría alcanzar una pena de 5 años de prisión.
Para esta medida se adiciona el artículo 203 Bis dentro del título sexto denominado Delitos contra la Salud Pública del capítulo uno Peligro de Contagio del Código Penal de Tamaulipas.
Se detalla que, habrá un castigo de 9 meses a 4 años de prisión y una multa de 15 a 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización -UMA- “a quien de manera dolosa ponga en peligro de contagio a otra persona”.
Pero además, en caso de que fuera incurable la enfermedad o no existiera tratamiento para control, “la pena será de 10 meses a 5 años de prisión y de 10 a 100 veces el valor de la UMA.
Ahora el artículo 203 Bis establece que: “La persona que sabiendo que padece, cualquier otra enfermedad grave de atención prioritaria que constituya un alto riesgo de contagio entre la población y que además de manera dolosa y por cualquier otro medio directo, ponga en peligro de contigo a otra”.
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