Al Día

Cárcel hasta por 22 años a quien “cobre piso”, aprueba Congreso NL

Por Jorge Maldonado Díaz 

Penas de 4 a 22 años de prisión, será la sanción que recibirá toda aquella persona que sea sorprendida cometiendo alguna extorsión o cobro de piso, luego de que el pleno del Congreso Local aprobó por unanimidad modificaciones al Código Penal del estado.  

Los diputados decidieron cambiar los artículos 395 y 395 bis para elevar a delito estas conductas delictivas que en los últimos años se vienen incrementando en la entidad. 

El diputado del PRI, Jorge de León Fernández refirió que Nuevo León era el único estado de la República que no contaba dentro de su norma penal con el delito de extorsión que busca sancionar con mayor rigor el engaño y amenaza telefónica, así como el llamado “cobro de piso”. 

Por esta situación, en el estado no se podía contar y compartir estadísticas que permitieran diseñar, implementar y evaluar políticas públicas de prevención y reducción de la violencia y la delincuencia.  

“Como todos sabemos durante los últimos años hay delitos con un crecimiento muy fuerte en nuestro país, entre ellos el engaño y la extorsión en sus diferentes formas y sobre llamadas telefónicas que se hacen desde los centros penitenciarios, en razón de eso y buscando mejorar nuestras leyes para prevenir este tipo de delitos, es por eso que trabajamos en reformas que protejan y velen por la integridad de los ciudadanos, por ello propusimos reforma el delito de chantaje para que pase a ser extorsión”. 

“Esta reforma pretendía, inicialmente, que las conductas de chantaje y extorsión subsistieran conjuntamente, sin embargo, hemos considerado que el termino de extorsión es más amplio y protege en un espectro más general al ciudadano”, agregó el diputado local priista. 

Dentro del dictamen avalado, se reconocen como actos delictivos de extorsión el engaño telefónico, la amenaza telefónica y el cobro por derecho de piso 

“No solo se sanciona la extorsión, sino que las penas tienen incremento de acuerdo a la gravedad de cuatro a diez años de prisión, el que, con ánimo de conseguir un lucro o provecho, distinto a los establecidos para el delito de amenazas; coaccione, amedrente o amenace, por cualquier medio a otro con causar daños morales, físicos o patrimoniales, que afecten al amenazado o a persona física o moral con quien éste tuviera ligas de cualquier orden, que lo determinen a protegerla”. 

“La norma penal advertía el delito de chantaje, pero se confundía con la extorsión, puesto que el primero sólo se refiere al lucro o provecho que afecten al amenazado o persona física o moral con quien se tuviera ligas de cualquier orden, lo que deja fuera a todas aquellas modalidades donde no existiera ningún vínculo con el delincuente”, puntualizó el legislador del PRI. 

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