Por Jorge Maldonado Díaz
Por falta de papelería, el Juzgado Segundo de Distrito negó la suspensión provisional a 4 mil expedientes de adolescentes que buscaban ser vacunados contra el covid-19.
Este paquete forma parte de los que el Partido Acción Nacional estuvo tramitando para que los menores pudieran recibir su dosis de Pfizer.
En la resolución emitida por el tribunal se detalla que los expedientes fueron retornados para que sean complementados con la papelería que el Juez consideró necesaria para darle un permiso a los adolescentes para que sean inmunizados.
“Estamos perdiendo unos amparos y desde hoy ya no se está pidiendo papelería de más por esa cuestión, todo iba bien con los individuales y cuando llegaron los colectivos los juzgados cambiaron la opinión, les hablo de 4 mil expedientes”, manifestó.
“Alguna información adicional nos están pidiendo los juzgados, hay mucha información que es muy personal de los padres de familia, les estamos preparando todo el amparo, para que ellos lo puedan subir o presentar físicamente”.
“Que estamos pensando, que a la hora que comenzaron a llegar los colectivos cambiaron de opinión, ahora también a los individuales los empezaron a rechazar, son temas muy propios de la demanda, información del SAT por ejemplo, información que no deberían de pedir”, expuso.
Cabe destacar que, ante la resolución por el juez, el departamento jurídico presentó un recurso ante un Tribunal Colegiado.
Del total de los amparos que han metido, cinco menores han recibido una suspensión provisional de amparo, de los cuales dos ya han sido vacunados por las autoridades de salud en el programa de vacunación que se lleva en Nuevo León.
En estos casos, Acción Nacional señaló que un juzgado penal dio la razón a los dos primeros amparos promovidos por los diputados Locales del PAN para que se vacune contra el covid-19 a menores de 18 años.
“Con base en lo expuesto este juzgado estima procedente conceder la suspensión provisional al menor quejoso, para el efecto de que las autoridades previamente señaladas con el carácter de responsables y las demás vinculadas al cumplimiento de esta determinación, en el ámbito de sus competencias legales, lleven a cabo las acciones necesarias para que aplique en favor del menor quejoso… (diecisiete años de edad) la vacuna…”, señala la resolución de un menor amparado.
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