La mayoría de quienes migran en el planeta lo hacen por razones ambientales; la situación es gravísima y no hay una regulación específica para tratar a esos desplazados, afirmaron expertos de la UNAM.
En el marco de El Aleph, que en este 2022 lleva por tema Las fronteras del medio ambiente, Úrsula Oswald Spring, del Centro Regional de Investigaciones Multidisciplinarias, mencionó que hay eventos naturales que, junto con fenómenos inducidos por la sociedad y condiciones preexistentes, provocan muertes y daños a la población más vulnerable.
En 2020, por ejemplo, “vimos que con 28 huracanes se generó un dilema de supervivencia para mucha gente, la cual no tuvo más remedio que salir de sus lugares de origen para tener acceso a alimentos, agua y algún ingreso”.
La sequía puede durar uno o dos años, pero al tercero ya no hay más semilla y no queda más que abandonar los lugares; lo mismo ocurre con eventos repentinos, como los huracanes o las inundaciones, que obligan a la población a cambiar de condiciones.
Los procesos de desastre son transversales y deberían tomar en cuenta el tema de género, tanto en el tema preventivo, como en la creación de resiliencia, planeación y garante de los derechos. La equidad de género, la sustentabilidad y los derechos humanos en las políticas públicas reducen las vulnerabilidades y mejoran la adaptación a los planes de contingencia.
En el conversatorio Desplazados medioambientales, Rodrigo Gutiérrez Rivas, del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), mencionó que hay una tragedia detrás de esas personas: son en su mayoría pobres quienes enfrentan con crudeza las modificaciones a sus territorios debido a las transformaciones climáticas cada vez más acentuadas, que provocan tormentas, huracanes, crecidas de ríos o desgajamientos de montañas, y la situación es cada vez más grave.
“La economía que devora a la naturaleza está provocando la situación que hoy enfrentamos, ocasionada por aquellos interesados en hacer avanzar las fronteras extractivas sobre territorios que antes no estaban identificados por el radar del capital y que contribuyen a la destrucción del planeta mediante la deforestación, la megaminería tóxica, etcétera. Esos actores capturan territorios y los vuelven inhabitables. México, por ejemplo, es el quinto país con mayor deforestación del mundo.”
Eso mismo pasa en el derecho, con el constitucionalismo hegemónico y su visión acrítica de los derechos humanos, que aporta estabilidad al modelo económico prevaleciente, que es el principal responsable de la destrucción de la naturaleza, del calentamiento global y, por lo tanto, de los desplazados ambientales, abundó el jurista.
Rosalía Ibarra Sarlat, también del IIJ, aclaró que no se puede llamar desplazados ni migrantes a los desplazados, quienes requieren de una urgente atención nacional e internacional. Esas personas no están jurídicamente reconocidas; “no se les puede llamar refugiados, porque no encajan en la Convención de Ginebra, ni migrantes, porque esa condición implicaría un retorno, pero los desplazados de una isla que va a desaparecer por el aumento del nivel del mar no podrán hacerlo”.
La especialista explicó que tampoco es lo mismo el desplazado ambiental que el climático. El primero se da por razones de un accidente industrial, algún fenómeno geológico, como una erupción, la contaminación de un río, etcétera. En el climático, las causas son muy particulares: elevación del nivel del mar, deshielo, sequía y otras donde la causa está directamente relacionada con el cambio climático y las consecuencias del calentamiento global.
Sin embargo, a pesar de su creciente importancia, no hay una regulación específica para esas personas. En el ámbito interno hay más elementos jurídicos para obligar a los Estados a atender el problema jurídica y políticamente hablando, pero a escala internacional no hay una convención en concreto, precisó la académica.
La sesión, realizada en la Sala Carlos Chávez del Centro Cultural Universitario, estuvo moderada por Jacobo Dayán, director del Centro Cultural Universitario Tlatelolco.
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