Perla Reséndez
CIUDAD VICTORIA, Tam. | Luego de las irregularidades señaladas en el otorganiento de patentes de aspirantes al cargo de notarios y fíats de notarios en los últimos meses de la administración estatal del ex gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, se revocaron tres acuerdos más.
En la edición vespertina del Periódico Oficial del Estado del lunes 07 de noviembre, se publicó el acuerdo por el que se revocó el que corresponde al 14 de septiembre del 2022, por el que se declara la terminación de la función de notario y la nulidad del fíat otorgado a Arturo Medina Fregoso, notario número 239, para ejercer funciones en el Segundo Distrito Judicial, declarándose vacante.
En el caso de Arturo Medina Fregoso, se trata de una gestión de Jorge Federico Rivera Shiotte, ex gerente de la Comapa de la zona conurbada y que en fecha del 14 de septiembre del 2022 se expidió la fíat de notario número 239 para ejercer funciones en el Segundo Distrito Judicial del estado a Medina Fregoso.
Sin embargo, al igual que las otras tres fíats revocadas anteriormente, la directora de asuntos notariales, Guillermina Reynoso Ochoa, enumeró una serie de irregularidades en un dictamen elaborado en las fíats entregadas en el último tramo de la pasada administración.
Arturo Medina Fregoso fue Secretario del Ayuntamiento de Tampico, durante la administración del alcalde Óscar Pérez Inguanzo, y entre las irregularidades que derivaron en la revocación de la fíat se señalan la falta de dictamen de procedencia de la solicitud del examen.
Tampoco de la integración del jurado que calificaría los exámenes a que debería ser sometido o actas de los exámenes, entre otras que derivaron en la revocación de la fíat y la declaración de la vacante de la notaría número 239.
También se revocó el Acuerdo del 13 de septiembre de 2022 y se declara la nulidad de la patente de aspirante al cargo de notario a Jorge Arturo Corona Álvarez y Luis Eduardo Lara Enríquez.
En el caso de estos últimos, el dictamen señala que los expedientes carecen de copias certificadas de las actas de nacimiento, del título de licenciado en derecho, constancia de la autoridad municipal sobre el domicilio del solicitante.
Tampoco contenía certificado de prácticas notariales, certificado médico, constancia de no antecedentes penales, de no inhabilitación, solicitud ante el Ejecutivo del examen correspondiente ni comprobante de pago de derechos.
Mucho menos actas de examen, documental que demostrara que se cumplió con la integración de jurados para la aplicación de exámenes o que los mismos se llevaron a cabo.
El artículo 12 de la Ley del Notariado para el Estado de Tamaulipas, señala que es el Ejecutivo del Estado quien expide las patentes de aspirante al cargo de notarios a quien acredite, entre otros requisitos:
Ser mexicano, con 27 años cumplidos, abogado con cédula profesional y cuando menos tres años de práctica profesional y al menos cinco años de residencia en el estado.
Comprobar que durante 12 meses ininterrumpidos e inmediatos a la solicitud de examen ha realizado prácticas notariales bajo la dirección de un notario quien debe dar aviso a la Dirección de Asuntos Notariales.
No tener incapacidad física o mental que impida el desempeño normal del cargo, ser honesto, de buenas costumbres, con una conducta que inspire confianza en la sociedad para el ejercicio notarial.
No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto, solicitar al Ejecutivo la presentación del examen y la aprobación del mismo, entre otros requisitos.
“La patente otorgada en contravención a estas disposiciones será nula y no producirá efectos legales algunos”, señala el párrafo 2 del artículo 13 de la referida ley notarial.
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