CULPA IN VIGILANDO
Por Nohemi Argüello Sosa
Candidaturas 2024: la 3 de 3 + 1
En México, se registraron 270 mil 546 delitos por violencia familiar; y se sumaron 315 mil 351 incumplimientos de obligaciones de asistencia familiar y otros delitos contra la familia; mientras que, en Tamaulipas, la cifra alcanzó un total de 10 mil 348, de los cuales 7 mil 863 fueron cometidos por violencia familiar, durante 2022, de acuerdo con las estadísticas del reporte sobre violencia contra las mujeres, publicado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Ante una problemática que va en aumento, es necesario implementar medidas para combatir la violencia que afecta a las mujeres, de manera diferenciada.
El Estado mexicano se ha comprometido, a través de los tratados internacionales que ha firmado y ratificado, como la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer conocida como “Convención Belén do Pará.
Uno de estos compromisos es condenar todas las formas de violencia contra la mujer y adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia, implementando diversas acciones concretas, como abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia en su contra y velar porque las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes e instituciones se comporten de conformidad con esta obligación.
Por lo anterior, desde 2020, en el registro de candidaturas para cargos de elección popular se ha implementado la presentación de la 3 de 3 contra la violencia, primero opcional; luego, en 2021, de forma obligatoria. Una medida que implica que las y los aspirantes a una candidatura deberán presentar un formato, de buena fe y bajo protesta de decir verdad, firmado, donde se establezca que no se encuentren en algunos de los siguientes tres supuestos: No haber sido persona condenada, o sancionada mediante Resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.No haber sido persona condenada, o sancionada mediante Resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.
No haber sido persona condenada o sancionada mediante Resolución firme como deudor alimentario o moroso que atenten contra las obligaciones alimentarias.
Al respecto, la diputada Alejandra Cárdenas ha presentado una iniciativa para reformar la Ley Electoral de Tamaulipas, en su artículo 5, al cual se le adicionaría el siguiente párrafo: “En ese sentido, no podrán tener acceso a las candidaturas de elección popular del estado, las personas que cometan delitos de violencia familiar, violencia vicaria contra la mujer y/o se encuentren en el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos”. Interesante propuesta que incorpora como requisito, a las candidatas y candidatos, no haber cometido el delito de violencia vicaria.
Entre sus argumentos, la diputada Cárdenas señala que alguien que no cumple con sus obligaciones alimentarias sus hijas e hijos o que comete delitos de violencia familiar, tampoco cumplirá con la sociedad tamaulipeca, por lo que no debe ser tomado en cuenta para ocupar un cargo de elección popular. Coincido.
De aprobarse esta iniciativa, antes del 11 de junio próximo, las candidaturas de la elección de 2024 tendrán que presentar su manifestación de no haber cometido delitos de violencia de género: violencia familiar, delitos sexuales, incumplimiento de obligaciones alimentarias y violencia vicaria: la 3 de 3 + 1.
¿Usted, qué opina?
Correo: nohemiarguello@gmail.com
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