El Instituto Nacional Electoral ordenó al Gobernador de Nuevo León Samuel Garcia retirar en menos de 6 horas un video que difundió en redes sociales en el que «destapó» al precandidato presidencial emecista Jorge Alvarez Maynez el pasado 9 de enero.
La Comisión de Quejas y denuncias del INE determinó procedente ordenar el retiro de la publicación, toda vez que, se observa que Samuel García, en su carácter de Gobernador de Nuevo León, realizó diversas manifestaciones de índole electoral, que podrían afectar la equidad en el proceso electoral actual.
Dicha Comisión, ordenó al Gobernador a que en un plazo no mayor a 6 horas elimine el video publicado en la red social X, así como de cualquier otra plataforma en la que se haya difundido. Asimismo, hizo un recordatorio al mandatario para que, en todo tiempo, ajuste sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales.
También, luego de otra denuncia presentada por el PRI, el PAN y un ciudadano, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al Gobernador de Nuevo León retirar en un plazo de 24 horas, un espectacular colocado en Guadalajara, Jalisco, ya que se muestra preponderantemente la imagen del Titular del Gobierno de Nuevo León, y se estima que podría ser contrario al artículo 134 constitucional, puesto que, con ese carácter, tiene el deber de no intervenir en los procesos electorales.
Concluyó que, «el partido deberá realizar las acciones, trámites y gestiones necesarias para retirar la propaganda denunciada, así como la colocada en cualquier otra ubicación, en un plazo no mayor a 24 horas», determinó el órgano electoral.
También se otorgó la tutela preventiva al advertirse la posibilidad de que MC genere propaganda que incluya la imagen del Gobernador de Nuevo León, toda vez que, dicha acción la realizó con posterioridad a que declinara a su aspiración de contender por un cargo de elección popular.
La Comisión consideró necesario ordenar al Gobernador de Nuevo León, para que, en todo tiempo ajuste sus conductas a los límites y parámetros constitucionales, en particular, a la obligación de conducirse acorde a los principios de imparcialidad, legalidad y equidad, así como a su reforzado deber de cuidado, con la finalidad de evitar que su actuación se traduzca en expresiones que busquen favorecer o perjudicar a un partido político, así como cualquier pronunciamiento de índole electoral.
Y al partido MC se le ordenó abstenerse de contratar y/o difundir propaganda en la que se aprecie la imagen, nombre o voz del servidor público denunciado.
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, 6 medidas cautelares solicitadas por diversos partidos y ciudadanos, por la aparente comisión de actos anticipados de campaña, vulneración a los principios de neutralidad y equidad en la contienda, uso indebido de la pauta y de recursos públicos, así como 17 Procedimientos Ordinarios Sancionadores (POS) por la supuesta existencia de diversas infracciones en materia electoral
Publicidad del Gobernador de Nuevo León colocada en Monterrey, se trata de hechos consumados
En otro asunto, relativo a la colocación de publicidad en diversos puntos y avenidas de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, en donde, según el PAN, se publicita su imagen, así como la referencia del partido denunciado, se negó el dictado de medidas cautelares, pues se está ante hechos consumados y en cuanto a la tutela preventiva se negó, debido a que se trata de hechos futuros de realización incierta.
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