INTRINGULIS
Décimo Noveno Circuito
Juan Carlos López Aceves
La Convocatoria Pública para integrar los listados de las personas candidatas que participarán en la Elección Extraordinaria de las personas juzgadoras que ocuparán los cargos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistradas y Magistrados de las Salas Superior y Regionales del Tribunal Electoral, Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, la aprobó el Senado de la República este martes 15 de octubre.
Con 78 votos a favor, entre ellos el de OLGA PATRICIA SOSA RUIZ y demás integrantes de las bancadas de MORENA, PT y PVEM, y 39 votos en contra de IMELDA SANMIGUEL SÁNCHEZ y demás senadoras y senadores del bloque conservador (PRIAN), la Convocatoria establece las bases y términos para el desarrollo de la inédita elección judicial.
De la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se elegirán 5 Ministras y 4 Ministros, mientras que, del Tribunal de Disciplina Judicial habremos de elegir a 3 Magistradas y 2 Magistrados.
En tanto que, de la Sala Superior del Tribunal Electoral, elegiremos a una Magistrada y a un Magistrado, mientras que en las cinco Salas regionales se elegirán a 10 Magistradas y 5 Magistrados.
Respecto a las Magistradas y Magistrados de los Tribunales Colegiados de Circuito y de los Tribunales Colegiados de Apelación, se elegirán 464 cargos, mientras que, en relación a las Juezas y Jueces serán 386 cargos en disputa.
Otro dato que despeja la Convocatoria, se refiere al ámbito de cada uno de los cargos a elegir: Ministras y Ministros de la SCJN, Magistrada y Magistrado del TEPJF, así como las Magistraturas del Tribunal de Disciplina, se votarán a nivel nacional.
A diferencia de las Magistraturas de las cinco Salas Regional, que se elegirán en cada una de las cinco Circunscripciones Nacionales en que se divide el país, para efectos de los cargos de representación proporcional.
Por lo que hace a las Magistraturas de los Tribunales de Circuitos, así como de Apelación, la elección será en cada uno de los 32 Circuitos Judiciales, con bases en los 300 Distritos Electorales.
Lo anterior también aplica para la elección de Juezas y Jueces de Distrito, del Poder Judicial de la Federación.
Cabe señalar que, de acuerdo el artículo 86 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo de la Judicatura tiene la facultad para determinar tantoel número, límites y la especialización por materia,datos claves para la elección en marcha, de los 32 Circuitos Judiciales.
Tamaulipas es territorio del Décimo Noveno Distrito Judicial, integrado por 6
Tribunales colegiados, 4 especializados, 2 en materias administrativa y civil; y 2 en materias penal y de trabajo, todos con residencia en Ciudad Victoria; así como 2 con sede en Reynosa.
Cuatro tribunales unitarios: uno con sede en Ciudad Victoria, otro con asiento en Matamoros, uno con sede en Reynosa y otro más con residencia en Nuevo Laredo.
Doce juzgados de Distrito en el Estado de Tamaulipas: 3 con sede en Ciudad Victoria, 2con residencia en Nuevo Laredo, 2 con sede en Tampico, 2 con residencia en Reynosa y 3con sede en Matamoros, uno de ellos en materias de amparo y juicios federales y 2 de Procesos Penales Federales.
Información a partir de la cual, se organizará la inédita elección judicial con el Instituto Nacional Electoral a la cabeza, apoyado por los 32 Organismos Públicos Locales Electorales.
Que en Tamaulipas comandan SERGIO INVÁN RUIZ CASTELLOT, Vocal Ejecutivo (Delegado) del INE, apoyado en los 8 Vocales Distritales, así como en JUAN JOSÉ RAMOS CHARRE, presidente del IETAM.
Lo inédito de la elección, así como sus características peculiares, pondrán a prueba al Sistema Nacional Electoral, sobre todo en la parte de la logística en las casillas que se instalen a lo largo y ancho del país.
Particularmente al número de boletas y de candidaturas en cada una de ellas, y la parte medular que representa el escrutinio y cómputo de la elección.
No basta con reformar las leyes secundarias (Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral).
El gran reto se encuentra en la logística en las casillas a instalar: número de boletas que recibirá la ciudadanía para votar, número de opciones a escoger y el escrutinio y cómputo de la elección.
Por ejemplo, ¿cuánto tardará cada ciudadana y ciudadano en votar? ¿Votará marcando o escribiendo el nombre de la candidatura de su preferencia?
Ya veremos cómo se resuelven los dilemas que vayan surgiendo.
Comment here