INTRÍNGULIS
Por Juan Carlos López Aceves
Judicatura haciendo política
Basta revisar el Diario de los Debates de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, para afirmar que, quienes hoy se oponen a la aplicación del artículo 61, fracción primera, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, son los mismos partidos políticos (PAN-PRI) que defendieron con vehemencia, entre febrero de 2011 y marzo de 2013, su aprobación.
Un ejercicio de historia parlamentaria permitirá conocer que, la ley abrogada por la que se encuentra vigente, se publicó el 10 de enero de 1936, siendo presidente el General LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO.
Estuvo en vigor hasta el 2 de abril de 2013, en que se publicó la nueva Ley de Amparo, es decir, durante 77 años se aplicó su contenido, equivalentes a 13 mandatos sexenales.
Se aplicó con ÁVILA CAMACHO, ALEMÁN VALDÉS, RUIZ CORTINEZ, LÓPEZ MATEOS, DÍAZ ORDAZ, ECHEVERRÍA ÁLVAREZ, LÓPEZ PORTILLO, DE LA MADRID HURTADO, SALINAS DE GORTARI, ZEDILLO PONCE DE LEÓN, FOX QUESADA y CALDERÓN HINOJOSA.
La norma abrogada también tuvo, en el artículo 73, los casos en los cuales el amparo resultaba improcedente, colocando en primer término, los “actos de la Suprema Corte de Justicia”.
Pero, durante los 77 años en que estuvo vigente, para un México diferente, la norma abrogada no contempló las reformas o adiciones a la Carta Magna, como una de las improcedencias para el amparo.
A finales del sexenio de FELIPE CALDERÓN HINOJOSA, cogobernando con el PRI, el senador JESÚS MURILLO KARAM, presentó el 15 de febrero de 2011, la iniciativa mediante la cual se expedía la nueva Ley de Amparo.
Iniciativa que el Senado aprobó, como Cámara de origen, hasta octubre de 2011, mientras que la de Diputados, en calidad de revisora, lo hizo en febrero de 2013 con modificaciones a la Minuta.
Motivo por el cual, atendiendo lo dispuesto por el artículo 72, inciso e), la Ley de Amparo vigente la expidió el Senado en la sesión celebrada el 20 de marzo de 2013, siendo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de este mismo año.
Destaco que, en ambas Cámaras del Congreso de la Unión, la nueva Ley de Amparo fue apoyada por legisladoras y legisladores de las bancadas del PAN y el PRI, votando en contra destacados políticos que hoy militan en MORENA, como RICARDO MONREAL ÁVILA, en ese entonces diputado de MC.
También la votaron, pero a favor, LUISA MARÍA ALCALDE LUJAN, diputada de Movimiento Ciudadano, así como LORETA ORTIZ AHLF, ministra de la SCJN y en ese entonces diputada del PT.
Por Tamaulipas participaron HUMBERTO PRIETO HERRERA, PATRICIA ARAUJO DE LA TORRE, FRANCISCO GARCÍA CABEZA DE VACA, MAKI ORTIZ DOMÍNGUEZ y MARCO BERNAL GUTIÉRREZ, entre otros y otras legisladoras de nuestro estado.
Una de las principales adiciones a la nueva Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Carta Magna, la encontramos en la fracción primera, del artículo 61, en donde quedaron clasificadas las improcedencias para interponer este recurso jurídico.
“El juicio de amparo es improcedente…Contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Es decir, con meridiana claridad este precepto señala que, el amparo resulta improcedente contra la Reforma Constitucional en materia del Poder Judicial de la Federación, aprobada a iniciativa del presidente LÓPEZ OBRADOR y publicada el pasado 15 de septiembre en el DOF.
Por lo tanto, si el artículo 61 de la Carta Magna no deja lugar a ninguna duda, el movimiento de jueces, juezas, magistrados y magistradas, en contra de la citada reforma, no tiene fundamento legal alguno.
Tampoco lo tienen las aseveraciones de las dirigencias nacionales del PAN y el PRI, que avalan la obstrucción a la implementación de la reforma, cuando fueron estos partidos los que aprobaron el contenido de la Ley de Amparo, fraguada con CALDERÓN HINOJOSA y aprobada con PEÑA NIETO.
Norma que fue producto de la Reforma Constitucional en Materia de Amparo, publicada el 6 de junio de 2011, que modificó y los artículos 94,100,103, 107 y 112, mandatando en el Artículo Segundo Transitorio, la aprobación de una nueva Ley de Amparo por parte del Congreso de la Unión.
La Minuta correspondiente, la aprobó el Congreso del Estado el 19 de enero de 2011, en sesión presidida por GUADALUPE FLORES VALDEZ, en la que el diputado REYNALDO GARZA CANTÚ, dijo en la tribuna que, “el amparo mexicano desprendía un olor a rancio que era necesario atender”.
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