octubre 20, 2026

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Homologa Congreso de NL castigo a la extorsión con legislación nacional

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Por Jorge Maldonado Díaz

 

El Congreso de Nuevo León aprobó derogar el artículo 395 del Código Penal estatal para armonizar la legislación sobre extorsión con la Ley General que establece una misma definición del delito, sanciones y agravantes para todo el país.

La modificación no elimina el castigo a esta conducta: busca evitar contradicciones entre las disposiciones estatales y el marco nacional que regula su investigación y sanción.

Javier Caballero Gaona, integrante de la Comisión de Justicia, explicó que la reforma responde a la obligación de adecuar las leyes locales tras la expedición de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión.

El legislador priista sostuvo que la existencia de distintas definiciones en las entidades federativas había generado dificultades para perseguir este delito y espacios de impunidad.

“Lo que estamos haciendo es actualizar nuestro marco jurídico local, de acuerdo con la legislación que ha sido promulgada por el Congreso de la Unión”, expresó.

La Ley General, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2025, establece un tipo penal básico aplicable en toda la República. Su aplicación corresponde a las autoridades federales o locales, según las características de cada caso.

Durante la discusión, Sandra Pámanes Ortiz, coordinadora de Movimiento Ciudadano, defendió la homologación como una herramienta para impedir que las diferencias entre legislaciones favorezcan a los responsables.

“Los delincuentes no respetan fronteras estatales, y la ley tampoco debería darles ventaja por ellas”, manifestó.

La diputada subrayó que derogar el artículo estatal no significa que la extorsión desaparezca como delito, pues continuará sancionándose conforme a la Ley General.

En el mismo sentido, María Guadalupe Rodríguez, coordinadora del Partido del Trabajo, rechazó que la modificación deje un vacío legal.

“La derogación del artículo 395 del Código Penal para el Estado de Nuevo León no representa un vacío legal, sino un paso necesario para consolidar un sistema jurídico homologado, evitar contradicciones normativas y fortalecer la persecución de este delito”, explicó.

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