Luego de que la Sala Superior del TEPJF confirmó la sanción, el Gobernador y el Secretario General de Gobierno interpusieron controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación
MONTERREY | El Gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez y el Secretario General de Gobierno Manuel Gonzalez interpusieron una controversia constitucional ante la Suprema Corte de la Nación (SCJN), luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la resolución incidental en la que la Sala Especializada estableció la ruta legal por la que el Congreso de Nuevo León debe sancionar a ambos, por haber utilizado a 572 funcionarios en la recolección de “broncofirmas”.
González Flores informó que presentó dicho recurso junto con el Gobernador del Estado, ante el máximo tribunal del país, porque consideran que la resolución de la Sala Superior del TEPJF, “fue superficial, no entraron al fondo del asunto, planteamos un recurso con contenido jurídico electoral profundo, dijeron que eran extemporáneas. Ellos ya terminaron su labor, se lavaron las manos, y ahora será la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien dará cuenta de esto”.
“Estos órganos deben asumir su responsabilidad en todos los sentidos, tienen una instancia judicial electoral que deben respetar y acatar porque ellos no están por encima de los tres poderes de la nación, tendrán que sujetarse a las opiniones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y no estar rompiendo el orden constitucional”, agregó el funcionario.
El 21 de junio de 2018, la Sala Regional Especializada del TEPJF dictó sentencia al tener acreditado que 572 servidoras y servidores públicos y Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, en su calidad de gobernador, faltaron al principio de neutralidad e imparcialidad del servicio público para influir en la competencia entre quienes aspiraban a una candidatura independiente a la Presidencia de la República.
Debido a que las normas electorales no prevén la posibilidad de que la Sala Especializada pueda imponer de manera directa una sanción a este tipo de servidores públicos, ordenó comunicar la determinación al Congreso del Estado de Nuevo León.
Ante esto el gobernador y el Secretario General de Gobierno interpusieron un recurso de revisión, en el que aseguran que no les habían notificado personalmente, argumentando que no se les dio el debido derecho de audiencia, que el Congreso local no es su superior jerárquico y que la Sala Especializada se extralimitó al ordenar la determinación de una sanción.
Sin embargo, la sentencia presentada por la magistrada Janine Medaline Otálora, la cual fue avalada por el voto unánime de los magistrados, desestimó los agravios alegados por Jaime Rodríguez por considerarlos extemporáneos y fútiles.
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