MONTERREY | Porque es obsoleto, discrimina y atenta contra la dignidad de las mujeres, el Grupo Legislativo de Acción Nacional propuso la eliminación del delito de rapto del Código Penal de Nuevo León.
La iniciativa para la derogación de los Artículos 359 al 363 del Código Penal Estatal fue presentada por el Diputado Luis Susarrey Flores en Oficialía de Partes del Congreso Local.
“Detectamos un artículo prehistórico en nuestro Código Penal del Estado de Nuevo León que es el delito de rapto, que es un delito completamente discriminatorio. Hace referencia a la persona que se apodere de una mujer como si una mujer fuera un objeto para que te puedas apoderar de él. Entonces atenta contra su dignidad y además establece una pena sumamente baja comparada con otros delitos; establece una pena de dos meses a seis años de prisión cuando una persona se apodere de una mujer para fines sexuales”, refirió el legislador del PAN.
“Otros delitos sin importancia que no quiero mencionar por respeto y dignidad no es posible que tengan una pena de diez años y con eso verán la gravedad de lo anticuado de nuestro Código Penal”, abundó.
Luis Susarrey comentó que en el Código penal del Estado existen otras conductas que ya son sancionadas.
“La persona que prive de su libertad a una mujer para fines de obtener un beneficio económico se llama secuestro; si la priva de su libertad para fines de abusar sexualmente se llama violación, estupro o atentados al pudor, dependiendo del supuesto en el que caiga entonces no tiene caso tener un delito de rapto”, sentenció.
Indicó que el delito de rapto se usaba en años anteriores dentro de costumbres establecidas en las comunidades.
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