La Comisión de Justicia y Seguridad Pública aprobó modificaciones al Código Penal para ampliar la legitima defensa a lugares de trabajo y negocios, a fin de salvaguardar los derechos de las personas que se encuentren en situación de peligro,
«Con la reforma se brinda mayor seguridad jurídica a las personas de cuándo, en dónde y en qué lugares se podrá alegar una presunción de legítima defensa», explicó el Diputado Alvaro Ibarra, Presidente de la citada Comisión.
El dictamen favorable para reformar la fracción III del artículo 17 del Código Penal para el Estado de Nuevo León será presentada al Pleno en próximos días para su aprobación definitiva, acordó la Comisión de Justicia y Seguridad Pública.
«Se establece que esta presunción de legítima defensa podrá ser alegada cuando las personas se encuentren en su domicilio o en otros domicilios en donde se encuentre su familia, negocios o trabajos, o bien en los inmuebles donde se encuentren personas o bienes que tengan que defender», aseguró.
El Presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública manifestó que la presunción de legítima defensa no es una licencia para delinquir o para matar.
«Se busca que las personas defiendan su casa, su familia y sus profesiones, negocios, o lugares de trabajo y se defiendan y sean tratados como inocentes y no como culpables, independientemente si después de las investigaciones y la determinación de un juez se determina si hubo o no un verdadero uso de la defensa», agregó.
Álvaro Ibarra Hinojosa aseguró que fortalecer la presunción de legítima defensa abona a aspectos meramente procedimentales y no de culpabilidad, fortaleciendo la protección de los ciudadanos de Nuevo León.
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