Por Arturo Rosas H.
Un acuerdo emitido por la Secretaría de la Función Pública (SFP), permitirá al Gobierno de Andrés Manuel López Obrador, dar protección “física, laboral o familiar” a las personas y funcionarios públicos que decidan denunciar actos de corrupción en cualquier instancia de Gobierno.
La protección entrará en funciones en el momento en que una persona decida denunciar un acto de corrupción en el Gobierno Federal, una vez que se decida en analizar su situación y esta podrá recibir protección.
Se conocerá el grado de riesgo que enfrenta la persona y en especial, por el nivel de denuncia que esté haciendo e incluso contra quién o qué dependencia del Gobierno Federal.
Dentro del documento que publicó hoy a Secretaría de la Función Pública (SFP) en el Diario Oficial de la Federación, se establece que éstas medidas de protección dependen de los factores de riesgo identificados y el resultado que de la evaluación se le hubiera obtenido, las cuales pueden ser preventivas con el resguardo de la identidad a menos que se cuente con el consentimiento explícito del alertador.
En las medidas preventivas se encuentran en la protección de la información alertada, garantizando su tratamiento, manejo, reserva, custodia o protección de todo tipo de datos personales.
En las medidas laborales la SFP deberá de garantizar la situación laboral del alertador, esto para evitar el despido, la suspensión o cambio de área de adscripción, además de restringir de cualquier acto de hostigamiento, acoso laboral o actos de molestia.
Al alertador, también se le deberá de dar atención médica, en caso de que la requiera, psicológica, acompañamiento psicosocial o asesoría jurídica, también las fuerzas de seguridad pública deberán en caso de que así se requiera dar patrullajes al lugar donde habita el alertador, o asignar equipo de protección.
Para la aplicación de las medidas de protección señaladas en el protocolo, la SFP, a través de la Coordinación General de Ciudadanización y Defensa de Víctimas de la Corrupción, de la Dirección General de Denuncias e Investigaciones, de los Órganos Internos de Control, y de las Unidades de Responsabilidades en las Empresas Productivas del Estado, deberá realizar las gestiones sin dilación, a fin de evitar poner en riesgo a los alertadores.
Además, la titular de la dependencia podrá suscribir los convenios de colaboración con los entes públicos y privados que faciliten el otorgamiento de las medidas de protección previstas en el protocolo.
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