INTRINGULIS
Por Juan Carlos López Aceves
Veda y Consulta Popular
Antier tomé mi curso para la Observación de la Consulta Popular.
Lo hice en el Salón de Sesiones del Consejo Local del INE, en donde RAÚL ZÁRATE LOMAS presidió al colegiado durante las elecciones de 1997, 2000 y 2003, en la que participé como consejero Electoral.
Época en que ANTONIO MARROQUÍN VARGAS, ARMANDO SALDIVAR, JESÚS ARREDONDO CORTÉS y ARTURO ZÁRATE AGUIRRE, a quienes recuerdo con aprecio, completaban el cuadro de la Junta Local Ejecutiva.
Me citaron para tomar el curso en el domicilio en donde estuvo asentada La Quinta El Olvido, propiedad del Obispo EDUARDO SÁNCHEZ CAMACHO, lugar en el que vivió hasta su muerte en 1920.
Después fue el hogar de la Familia BELLO VILLEGAS, de la que forma parte mi buen amigo JORGE BELLO VILLEGAS, hasta que el IFE la ocupó desde la época de MIGUEL LIRACH GÓMEZ, si mal no recuerdo.
Pues bien, faltando cinco minutos para las cuatro de la tarde del miércoles, llegue al INE en donde ya tenían todo preparado para impartir el curso.
Dos días antes, el Vocal de Capacitación y Educación Cívica de la Junta Local del INE, SALVADOR GÓMEZ CARRERA, envió un correo con la fecha y hora del curso.
Saludo de por medio al personal que aún permanece en el Instituto, desde mi época de consejero Electoral, como MARIBEL, NORA y MARISOL, pasé a la Sala de Sesiones en donde el cañón ya estaba prendido
JOSÉ ÁNGEL MOTA MARQUEZ, fue el asistente de capacitación encargado de impartir el curso, desarrollando lo que dispone la fracción VIII del artículo 35 de la Carta Magna, así como la Ley Federal de Consulta Popular.
Comparto con usted algunos datos que considero son importantes, sobre la Consulta Popular solicitada por el presidente LÓPEZ OBRADOR.
1.- Puede ser solicitada por la ciudadanía, en un número equivalente al 2% del Listado Nominal, por el 33% de quienes integran la Cámara de Diputados o el Senado de la República, y por el presidente de la República.
2.- La restricción de los derechos humanos, la materia electoral, la seguridad nacional y el sistema financiero, entre otros, son temas que no pueden ser llevados a consulta popular.
3.- Una vez que la solicitud es recibida, el Congreso de la Unión la turna a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien revisa la constitucionalidad del tema y la pregunta de la Consulta Popular.
4.- Mientras que, para el caso de la solicitud ciudadana, le corresponde al INE revisar que el apoyo del 2% cumpla con la ley.
5.- También le corresponde al INE preparar la logística de la Consulta, para que la ciudadanía mexicana pueda participar en la jornada dominical, que se realizará el primero de agosto.
6.- Se tiene previsto instalar 57,124 Mesas Receptoras en los 300 Distritos Electorales del país, que serán atendidas por tres personas cada una.
7.- En Tamaulipas se tiene contemplado instalar 1,651 Mesas Receptoras en los 9 Distritos Electorales.
8.- Las Mesas Receptoras se integrarán por un presidente, un secretario y un Escrutador y dos Suplentes Generales, designados de entre la ciudadanía que integró las Mesas Directivas de Casilla, el pasado domingo 6 de junio.
9.- La papeleta, que no boleta, contiene la pregunta aprobada por la Suprema Corte de Justicia y la respuesta es binaria: sí o no se está de acuerdo.
10.- Quienes observaremos la Consulta Popular, deberemos de conducirnos con apego a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza, legalidad y sin vínculos con partidos políticos.
11.- Certeza y confianza aportará la observación de la Consulta Popular.
12.- Instalar las Mesas Receptoras, recibir las opiniones, contarlas y registrar los resultados, así como publicarlos e integrar los paquetes, son las etapas que comprende la jornada la Consulta Popular, que inicia a partir de las 8 de la mañana del domingo primero de agosto.
13.- Aunque parezca obvio hay que decirlo: Las Mesas Receptoras no tienen representantes de partidos políticos.
14.- Tampoco habrá un Programa de Resultados Preliminares y el cómputo de las papeletas corre por cuenta de las 300 Juntas Distritales del INE, pero se realizará un Conteo Rápido por parte del INE.
15.- El cierre de las Mesas Receptoras será a las 6 de la tarde y el resultado de las mismas quedará en una cartulina pegada en el local que ocupen.
16.- Mientras que el cómputo distrital iniciará conforme vayan llegando los paquetes a las 300 Juntas Distritales.
17.- Así como hay votos que se pueden anular, también existe la posibilidad de que la ciudadanía marque las papeletas de la Consulta con opiniones que puedan ser anuladas.
18.- Con base en los resultados Distritales, el Consejo General del INE hará el cómputo total y, una vez resueltas las impugnaciones, hará la declaratoria de validez de la Consulta Popular y avisará a la SCJN.
19.- El Recurso de Apelación es el medio de impugnación que procede y le corresponde resolverlo a la Sala Superior del TEPJF.
20.- De lograrse la participación de por lo menos el 40% del Listado Nominal, el efecto vinculatorio de la Consulta será de tres años.
Agradezco al Vocal SALVADOR GÓMEZ CARRERA y a su asistente JOSÉ ANGEL MOTA MARQUEZ, las atenciones recibidas.
Por cierto, a propuesta del diputado SERGIO GUTIÉRREZ LUNA, el Consejo General del INE amplió el plazo del 15 al 23 de julio para solicitar el registro de Observador de la Consulta Popular, y para generar un contexto político de neutralidad, ayer inició la veda para difundir publicidad gubernamental en los medios de comunicación, salvo los temas de salud, educación y protección civil como lo dispone la fracción VIII del artículo 35 de la Carta Magna.
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