Culpa in vigilandoMtra. Nohemí Arguello SosaOpinión

Acoso sexual, un término nuevo para un viejo problema

CULPA IN VIGILANDO

Por Nohemi Argüello Sosa

Acoso sexual, un término nuevo para un viejo problema 

El acoso sexual es una conducta NO DESEADA de naturaleza sexual que, en muchos casos, se presenta en el lugar de trabajo. Esta conducta hace que la persona, generalmente una mujer, se sienta ofendida, humillada e intimidada. El acoso sexual es solo una de las diferentes manifestaciones de la discriminación de género y constituye una forma específica de violencia contra las mujeres.

El ACOSO SEXUAL es una violación de los derechos fundamentales de las y los trabajadores; se trata de un problema de salud y seguridad en el trabajo y una inaceptable situación laboral.

El acoso sexual lo constituyen CONDUCTAS comocontacto físico innecesario y no deseado; observaciones molestas y otras formas de acoso verbal; miradas lascivas y gestos relacionados con la sexualidad; PETICIÓN DE FAVORES SEXUALES; insultos, observaciones, bromas e insinuaciones de carácter sexual; comentarios, bromas, GESTOS O MIRADAS SEXUALES; manoseos, jalones o pellizcos en forma sexual; restregar a la víctima contra alguien de un modo sexual; PROPAGAR RUMORES SEXUALES acerca de la víctima; jalar la ropa de manera sexual; mostrar, dar o dejar imágenes sexuales, fotografías, ilustraciones, MENSAJES O NOTAS SEXUALES; escritos, mensajes (pintas, grafitis) sexuales acerca de la víctima, en paredes de los baños, vestuarios, etc.; FORZAR A BESAR a alguien o a algo más que besar; LLAMAR A LA VÍCTIMA “GAY” O “LESBIANA; espiar mientras se cambia o está encerrada en un sanitario; y la utilización o EXHIBICIÓN DE MATERIAL PORNOGRÁFICO.

Estas conductas pueden interferir en el trabajo de la VÍCTIMA, transformándose en algo intimidante e insoportable. Cuando estos actos son cometidos por un superior jerárquico, hombre o mujer, se está ante un caso de HOSTIGAMIENTO SEXUAL, el cual es más grave y peligroso; ya que aun cuando una persona y su familia dependen de su salario, ésta experimenta una presión y ansiedad mayor, por lo que es más fácil que ceda; pero aun cuando haya cedido a la petición de favores sexuales, es posible CONSIDERAR QUE LA VÍCTIMA NO OTORGÓ SU CONSENTIMIENTO, sino que se trató de un acto de COACCIÓN.

¿CONOCE USTED ALGÚN CASO? ¿La víctima ya denunció? ¿Sabe usted, cómo puede AYUDAR A LAVÍCTIMA?

Las vías para presentar las denuncias por acoso sexual son la administrativa y la penal. En los casos de denuncias que abren procedimientos sancionadorespor la vía administrativa, algunos pueden terminar en la destitución de la funcionaria o funcionario público agresor.

Para abonar a la certeza de estos procedimientos, en marzo de 2022, la DIPUTADA ALEJANDRA CÁRDENAS CASTILLEJOS del grupo parlamentario del PRI, presentó una iniciativa con el propósito de dar certeza sobre la instancia competente para atender CASOS DE VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES suscitados en los órganos que conforman la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL y MUNICIPAL.

La iniciativa, aun en estudio, propone reformar la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS para incorporar la obligación para la Contraloría y los órganos internos de control: la implementación de mecanismos y programas internos para prevenir comportamientos que afecten, ofendan, lastimen, HOSTIGUEN SEXUAL O LABORALMENTE, o violenten los derechos de las mujeres servidores públicos que laboren dentro de la institución, dependencia u organismo público.

Una de las adiciones es que INCURRIRÁ EN FALTA ADMINISTRATIVA no grave el servidor público cuyos actos u omisiones incumplan o transgredan laobligación de DAR AVISO INMEDIATO al ÓRGANO INTERNO DE CONTROL de la institución, dependencia u organismo, según sea el caso, sobre algún comportamiento que afecte, ofenda, lastime, hostigue sexual o laboralmente, o violente los derechos de las mujeres servidores públicos que laboren dentro de la institución, dependencia u organismo público. Además, la INICIATIVA se propone que incurrirá en ABUSO DE FUNCIONES, el servidor público que cometa ACTOS CONTRA LOS DERECHOS DE LAS MUJERES, en cualquiera de las modalidades establecidas en la Ley para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres del estado de Tamaulipas.

Una nueva y pertinente propuesta para el viejo problema del acoso sexual.

Usted, ¿qué opina?

Correo: nohemiarguello@gmail.com

 

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