La reparación de los daños a quienes le han sido violados sus derechos humanos debe ser expedita y urgente, propuso el diputado de Movimiento Ciudadano, Luis Donaldo Colosio
MONTERREY, NL.- El Diputado Luis Donaldo Colosio Riojas presentó una iniciativa para contar con un cuadro normativo que establezca una vía directa de acceso a la reparación del daño de las víctimas de violaciones a derechos humanos.
“Los Derechos Humanos no se negocian, no se ruegan, no se piden; son inalienables e imprescriptibles, por lo que una vez que éstos fueron vulnerados por la autoridad, no podemos hacer menos que facilitarles el acceso a una reparación del daño lo más pronta y expedita posible”, afirmó el Diputado.
Colosio Riojas propuso reformar la Ley de Víctimas del Estado de Nuevo León para que las víctimas de violaciones a los derechos humanos serán compensadas en los términos y montos que determine la resolución o recomendaciones que emita en su caso.
- Un órgano jurisdiccional nacional o estatal;
- Un órgano jurisdiccional internacional o reconocido por los Tratados Internacionales ratificados por México;
III. Un organismo público nacional o estatal de protección de los derechos humanos; y
- Un organismo internacional de protección de los derechos humanos reconocido por los Tratados Internacionales ratificados por México, cuando su resolución no sea susceptible de ser sometida a la consideración de un órgano jurisdiccional internacional previsto en el mismo tratado en el que se encuentre contemplado el organismo en cuestión.
En los casos de víctimas de delitos se estará a lo dispuesto en los montos máximos previstos en el artículo 48 de esta Ley.
“Cuando no exista la determinación de un monto de compensación fijado por las autoridades y organismos señalados, corresponderá a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas el fijar dicho monto, atendiendo a lo dispuesto por los estándares internacionales que contemplan los tratados en materia de Derechos Humanos y la jurisprudencia que emita la Corte Interamericana de Derechos Humanos, siempre que nuestro país sea suscriptor ratificado de éstas.
Los montos a los que se refiere el párrafo anterior jamás serán fijados bajo criterios limitativos, sino se atenderá en todo momento a la interpretación más favorable a la víctima de violaciones a derechos humanos por parte de agentes del Estado; ello atendiendo a la interpretación pro persona que debe hacerse en todos los asuntos de la materia”, finalizó Luis Donaldo Colosio.
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