IntríngulisJuan Carlos López AcevesOpinión

Cuello de botella

INTRÍNGULIS
Por Juan Carlos López Aceves

Cuello de botella 

Ante la saturación del procedimiento de adquisiciones y arrendamiento de los productos y servicios que requiere la Administración Pública Estatal, que tiene en su esfera de atribuciones la Secretaría de Administración, que comanda JESÚS LAVÍN VERÁSTEGUI, se optó por una decisión acertada. 

El Gobernador AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, ha remitido al Congreso del Estado una iniciativa de reforma al Presupuesto de Egresos del Estado, para sintonizar la velocidad con la que la Administración Pública demanda bienes y servicios, con el tiempo que consume el procedimiento previsto en la Ley de Adquisiciones para adquirirlos. 

Quienes han tenido la oportunidad de conducir un ente público o han estado al frente de una Dirección Administrativa, saben de la importancia que tiene el factor “tiempo” al momento de realizar las compras o arrendamientos, que surgen durante el proceso de administración. 

No es nada fácil armonizar, por un lado, la demanda siempre urgente y para “ayer”, de la adquisición de un bien o servicio solicitado y, por el otro, iniciar el procedimiento administrativo para atenderla. 

Incluso, en la mayoría de las veces los mismos proveedores tienen que hacer “milagros”, que afectan su ganancia o, peor aún, la calidad del producto o el servicio solicitado, para salvar este desfase entre el tiempo de la demanda y el que consume el cumplimiento de la oferta. 

Por regla general, en el servicio público la demanda viaja a la velocidad de la luz y la oferta se mueve a la del sonido. 

Los proveedores saben que, en caso de empatar en la calidad y el precio del producto o servicio ofrecido por otros competidores, el tiempo de entrega se convierte en factor de desempate. 

Viene a cuento lo anterior, a propósito de la iniciativa enviada por AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, para evitar que este desfase forme “cuellos de botella” en la adquisición y arrendamiento de bienes y servicios. 

Sobre todo, y particularmente, en aquellas adquisiciones y arrendamientos de montos menores, que son parte de las rutinas diarias de una dependencia gubernamental, es decir, de los tres Poderes del Estado y de los Órganos con Autonomía Constitucional. 

“En las adquisiciones de bienes y la contratación de servicios, las dependencias y entidades de la administración pública estatal, observarán las disposiciones de las leyes y reglamentos aplicables en la materia”, fue la redacción escueta del artículo 11 del Presupuesto de Egresos del Estado, que aplicó durante el sexenio de EGIDIO TORRE CANTÚ. 

“Los importes que regirán para las diferentes modalidades de Concursos, serán los aprobados por el Comité de Compras y Operaciones Patrimoniales como Órgano colegiado de la Secretaría de Administración, ello a través de los Lineamientos que al efecto emite en esta materia”, fue la adición a este mismo artículo para el primer Presupuesto de Egresos del Estado (2017), ejercido por CABEZA DE VACA, 

Siendo la Secretaría de Administración, que encabezaron JESÚS NADER NASRRALLAH, MIGUEL ANGEL VILLARREAL ONGAY y JESÚS ALBERTO SALAZAR ANZALDÚA, punto de referencia para la Administración Pública Estatal en materia de compras y arrendamientos. 

Hasta que, en el Anexo XI del Presupuesto de Egresos de 2020, se fijaron los montos y límites de los contratos de adquisiciones y arrendamientos, a través de un cuadro con los rangos de las cantidades correspondientes a cada una de las modalidades de concursos. 

Desde uno hasta $800,000, fue el rango para la compra o arrendamiento de bienes y servicios por “adjudicación directa”, es decir, sin el procedimiento de convocar al Comité de Compras que consume más tiempo. 

Para el penúltimo presupuesto ejercido por CABEZA DE VACA (2021), este rango para la adjudicación directa fue de $15,001 hasta $800,000. 

Y para el siguiente ejercicio (2022), el Anexo XI del Presupuesto de Egresos incluyó un nuevo rango para la modalidad de “Compra menor”, que fue para adquirir o arrendar bienes y servicios, con un valor desde un centavo y hasta los $15,000, conforme a las “Normas de Operación para el Manejo del Recibo de Pago, Fondo Fijo, Gastos de Operación y Compras Menores”, señaló el cuadro respecto a las condiciones. 

Rango que fue incluido para el Presupuesto de Egresos de 2023, siendo el objetivo de la iniciativa enviada al Congreso del Estado por el Gobernador AMÉRICO VILLARREAL ANAYA. 

Turnada a la Comisión de Finanzas, que preside el diputado ISIDRO JESÚS VARGAS FERNÁNDEZ, la iniciativa gubernamental considera la evolución en los incrementos de precios de los bienes y servicios durante los últimos años, fijando un intervalo que va desde un centavo y hasta $50,000, para la modalidad de “Compra menor”. 

Se trata, sostiene el mandatario, que el rango propuesto evite recurrir a un procedimiento que “implica tiempos de espera tardíos”, así como de “reducir la cantidad de operaciones en las contrataciones de las diferentes áreas de las dependencias y entidades del Gobierno del Estatal”. 

Evitar cuellos de botella, pues. 

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