Investigación

José María Parás, fue nombrado Gober en un “volado” de moneda

Tras las creaciones de las Constituciones Federal y de Nuevo León en 1824, al año siguiente vendría la elección de lo que sería el primer gobernador del estado, recayendo en un hijo del Valle del Pilón –Montemorelos- quien ante el empate con su adversario es designado a la suerte
Luis Alvarado
Después de la consumación de su independencia, México emergía como nación emancipada y las diferentes corrientes que habían luchado con las armas se aprestaban a conformar un nuevo marco jurídico que le permitiera contar con una Constitución.
Le seguiría un gobierno que ninguno de los actores de las cuatro etapas de la insurgencia habían concebido: el llamado Imperio Mexicano a cargo de uno de los últimos consumadores; Agustín de Iturbide, proclamado por el Congreso como Emperador Constitucional.
Es hasta 1823 cuando una vez depuesto Iturbide se forma un gobierno provisional que convoca a un Congreso Constituyente.
Así, las fuerzas políticas liberales -que no lo eran tanto porque establecía la obligatoriedad al pueblo de profesar la religión católica- definen la Constitución Federal el 1 de abril de 1824, que norma su independencia de España “y cualquiera otra potencia”.
La Carta Magna que entra en vigor en octubre de ese año 24 contenía 7 títulos y 171 artículos, para regir en 19 estados, influida a su vez por la Constitución de Cadiz, la Constitución de Estados Unidos y el decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana de 1814.
La Constitución de Nuevo León
A su vez, el 7 de Mayo de 1824 el Congreso Federal expideel decreto 45 oficializando así la independencia del estado de Nuevo León y su integración a los Estados Unidos Mexicanos y en el documento se ordenaba la organización del Congreso del Estado.
Así, el 1 de Junio del mismo año, la Diputación Provincial convoca para las elecciones, verificándose los días 20 y 27 del mismo mes todo en base al decreto del 8 de enero de 1824, sobre el modo de nombrar las legislaturas de los estados, y de la Ley de Convocatoria del 17 de Junio de 1823.
Resultan electos 11 diputados y cuatro suplentes, quienes encontrándose en Monterrey son llamados para que acompañaran a los electores a la Catedral en donde, como acción de gracias, se entonó un Te Deum (cántico de acción de gracias).
Al ser instalado el 1 de agosto de ese 1824, el Primer Congreso Constituyente tiene por objetivo la redacción de la Constitución Política del Estado (1825) sin embargo expidió varios decretos considerados de carácter urgente.
A escena Parás, constituyente local
Ya electos el 9 de Julio de 1824 los integrantes de ese primer constituyente nuevoleonés, entre ellos se encontraba un joven de 30 años de nombre José María Parás Ballesteros, nacido en San Mateo del Pilón (Montemorelos) el 16 de abril de 1794. Hijo de Vicente Antonio Parás Pereda y de María Guadalupe Ballesteros.
Su capacidad le permite ser alumno y catedrático al mismo tiempo en el Seminario de Monterrey, estudios que concluye en la Ciudad de México.
Cuando toma protesta como diputado, Parás era capitán de infantería y alcalde de primera elección, del valle del Pilón, electos junto a él Dr. José Francisco Arroyo, Dr. José María Gutiérrez, Lic. Pedro Agustín Ballesteros, Cosme Aramberri, Lic. Juan Bautista Arizpe, Rafael de Llano, Juan José de la Garza, Antonio Crespo, José Manuel Pérez y Pedro de la Garza Valdez.
Gober por un volado
Tres meses más tarde el Congreso del Estado, por medio del decreto número 43 del 3 de junio de 1825 y en sesión secreta, nombró a Parás primer Gobernador Constitucional del Estado.
En los albores de Nuevo León, el primer día de elecciones se asomaba la democracia infante pero solo podían emitir su voto los que cumplieran las siguientes exigencias: Ser hombre (Las mujeres no podían votar); ser mayor de 18 años siempre y cuando fuese casado.
Y en caso de que el varón fuera soltero tendría que ser mayor de 21 años; además, pagar las cuotas de votación, tener derechos ciudadanos, o sea, no ser sirviente doméstico o de campo, ser ebrio ”consuetudinario” o tahúr de profesión o vago, además de no saber leer ni escribir.
La elección debió decidirse por «la suerte» ya que se presentó un empate en los sufragios entre Parás y José Antonio Rodríguez, quien fungía como gobernador provisional.
El historiador legislativo Abel Moreno López escribe en su libro Legislación Electoral de Nuevo León 1825-2017, que una de los requisitos de aquella jornada electoral fue que losvotantes debieron haber acudido primero a misa, ya que la Constitución establecía que “las elecciones siempre serán precedidas de rogaciones (rezos) públicas en las iglesias, implorando el auxilio divino para el acierto”.
Hasta que efectuado los comicios Rodríguez y Parás quedan empatados. El Artículo 78 decía que en caso de empate no habría segundas rondas, sólo bastaría con lanzar una moneda al aire, como el clásico ´volado´ con lo que el azar definíacuestiones sencillas o complicadas.
¿Cara o cruz?, no se sabe
Este capítulo se encuentra detallado en la memoria del legislativo, a través de los reportes oficiales, pero en ninguno se detalló si lo que eligió José María Parás fue cara o cruz, ni mucho menos que moneda fue la que le dio la suerte con la que consiguió ser el primer gobernador constitucional de Nuevo León. Toma posesión el 15 de junio.
Durante el mandato de Parás se establecen una casa de beneficencia para la educación de los pobres, las Juntas Patrióticas, la imprenta del gobierno y se publica el primer periódico en el Estado:
La Gaceta Constitucional (antecesor del Periódico Oficial).
El Seminario de Monterrey se habilita como universidad y se decreta la Ley de Instrucción Pública, que declara a la educación primaria como obligatoria y gratuita, más no laica, pues no podía contravenir la Constitución federal o local que oficializaba como de culto obligatorio el católico.
Terminado su gobierno en 1827, José María Parás esnombrado vicegobernador para el segundo período gubernamental de Nuevo León, con Manuel Gómez de Castro como ejecutivo. Luego, a Parás le asignan la inspección y organización de las fuerzas militares de varios distritos.
Para el 19 de septiembre de 1829 es nombrado inspector de la Milicia Cívica, misma que organiza para participar contra la invasión de Isidro Barradas en Tampico, y en 1830 esdiputado en el Congreso federal, además de ocupar en diversas ocasiones la alcaldía de su ciudad natal.
Reelecto en 1849
Parás mantuvo relación con el gobierno de Francisco de P. Morales instalado en Galeana. En febrero de 1848, una vez concluida la invasión norteamericana y celebrada la paz entre México y los Estados Unidos mediante la firma de los Tratados de Guadalupe Hidalgo, Parás volvió a ocupar el cargo de gobernador.
Esto gracias a la trayectoria seguida durante su primera administración y a sus méritos en otras comisiones. Este periodo lo termina el 16 de febrero de 1849 y al día siguiente fue reelecto gobernador constitucional.
De acuerdo con los archivos oficiales, José María Parás realizó un intenso trabajo administrativo, básicamente dirigido a fomentar el desarrollo comercial de la entidad mediante la abolición de las alcabalas -que impedían la consolidación del mercado local y regional- y el mejoramiento de los caminos que conectaban localidades del Estado entre sí y con otras entidades vecinas.
Fortalece la instrucción pública; organiza nuevas milicias para repeler las incursiones de los indios, que seguían siendo una amenaza para los habitantes del estado e inicia la reglamentación del rastro de la ciudad de Monterrey.
Enfermedad y muerte
Su precario estado de salud le obliga a pedir licencia como gobernador por seis meses a partir del 14 de enero de 1850 y antes de retirarse dicta las medidas necesarias para evitar la epidemia de cólera.
José María Parás fallece a las 5:45 de la tarde del 18 de febrero de 1850, a los 55 años de edad. Sus funerales fueron muy concurridos y se le sepultó en el muro norte del presbiterio de la Catedral de Monterrey, donde se le rindieron solemnes honras fúnebres. Fue sucedido en el cargo por Pedro José García.
En su honor y por decreto, el 17 de febrero de 1851 fue creada la municipalidad de Parás en el lugar hasta entonces llamado Huizachal de los Canales.
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