Por decreto presidencial, a partir de este día, los fuerzas armadas vuelven a las calles a reforzar la lucha contra la delincuencia, bajo la supervisión de la Guardia Nacional
Por Luis A. Méndez
MÉXICO | Mediante un decreto presidencial publicado este día en el Diario Oficial de la Federación (DOF), quedo establecido que el Ejército, Marina y Fuerza Aérea Mexicana ayudarán a la Guardia Nacional en tareas de seguridad hasta el 27 de marzo de 2024.
De acuerdo con lo publicado en el DOF en su edición matutina, quedo establecido que se «dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública a cargo de ésta última».
«Durante el tiempo en que dicha institución policial desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, sin que dicha participación exceda de cinco años contados a partir de la entrada en vigor del Decreto», se lee en el documento publicado.
Mediante cinco puntos se establece que las Fuerzas Armadas (FA) dará apoyo en las funciones que se le asignen de acuerdo a las fracciones I, II, IX, X, XIII, XIV, XV, XVI, XXV, XXVII, XXVIII y XXXIV del artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional.
Por lo que de acuerdo a la ley y fracciones citadas las FA participarán en la prevención de la comisión de delitos y las faltas administrativas que determine la legislación aplicable, además de acuerdo a la fracción II deberán de «salvaguardar la integridad de las personas y de su patrimonio; garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz social, así como prevenir la comisión de delitos».
De acuerdo con las fracciones que se establecieron para la participación de elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional, de las Fuerzas Aéreas Mexicanas y de la Secretaría de Marina también se indica que al realizar detenciones, fracción XIII; deberán ser respetuosos de los derechos humanos, fracción XIV.
«XIV.- Efectuar las detenciones conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Nacional de Procedimientos Penales; XV. Realizar el registro inmediato de la detención de las personas, en los términos señalados en la ley de la materia; XVI. Preservar el lugar de los hechos o del hallazgo, la integridad de los indicios, huellas o vestigios, así como los instrumentos, objetos o productos del delito, dando aviso de inmediato al Ministerio Público», según se establece la Ley de la Guardia Nacional.
En el decreto también se estableció que las Fuerzas Armadas podrán colaborar en funciones de vigilancia; en la protección de la integridad física de las personas y en la preservación de sus bienes, en situaciones de peligro, cuando se vean amenazadas por situaciones que impliquen violencia o riesgo inminente; prevenir la comisión de delitos, así como garantizar, mantener y restablecer la paz y el orden públicos.
Además, podrán participar, de acuerdo a la fracción XXVIII, con otras autoridades federales, locales o municipales en operativos conjuntos.
El decreto entró en vigor a partir de hoy y fue firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador; el secretario de la Defensa Nacional, Luis Cresencio Sandoval González; el Secretario de Marina, José Rafael Ojeda Durán; y el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Francisco Alfonso Durazo Montaño.
(Notimex)
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