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Corte confirma rechazo de vetos extemporáneos de Samuel García a seis decretos

Corte confirma rechazo de vetos extemporáneos de Samuel García a seis decretos
  • Publicadoagosto 31, 2026
  • El Pleno declaró infundada la controversia promovida por el Ejecutivo de Nuevo León y determinó que el Congreso cumplió con la votación requerida para desechar las observaciones presentadas fuera del plazo constitucional.

Por Jorge Maldonado

MONTERREY, Nuevo León.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró infundada la controversia constitucional promovida por el gobernador Samuel García Sepúlveda contra la decisión del Congreso de Nuevo León de rechazar, por extemporáneas, sus observaciones a seis decretos aprobados durante 2022.

La resolución corresponde a la controversia constitucional 240/2023, mediante la cual el Poder Ejecutivo impugnó el Acuerdo Administrativo 687 y el oficio con el que el Congreso le notificó que sus vetos habían sido presentados fuera del plazo de diez días hábiles establecido en la Constitución estatal.

Los decretos 118, 139, 148, 151, 184 y 263 contienen reformas relacionadas con las leyes de Patrimonio Cultural; Movilidad Sostenible y Accesibilidad; Hacienda del Estado; Orgánica del Poder Legislativo; Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios, así como con el organismo Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey.

El Congreso determinó el 8 de febrero de 2023 que las observaciones del gobernador fueron presentadas fuera de tiempo y, en consecuencia, consideró sancionados los seis decretos conforme al artículo 90 de la Constitución de Nuevo León.

García Sepúlveda acudió posteriormente ante la Suprema Corte para impugnar esa determinación y argumentó que el Poder Legislativo había afectado su facultad constitucional de formular observaciones a las leyes y decretos.

Congreso alcanzó la mayoría calificada

Al analizar el caso, el Pleno concluyó que el Congreso local cumplió con la mayoría calificada requerida para confirmar su determinación. En la sesión legislativa participaron 37 diputaciones y 25 votaron contra el reclamo del Ejecutivo, con lo que se alcanzaron las dos terceras partes exigidas constitucionalmente.

“Este Tribunal Pleno estima que se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 90 de la Constitución de Nuevo León”, señala la resolución.

La Corte no realizó un análisis de fondo sobre la conveniencia o el contenido político de cada reforma, sino que revisó la legalidad del procedimiento mediante el cual el Congreso rechazó las observaciones del gobernador. Finalmente, determinó que el acuerdo legislativo se ajustó a las reglas constitucionales aplicables.

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La Talacha Noreste

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