Culpa in vigilandoMtra. Nohemí Arguello SosaOpinión

2028: ¿Gobernadora para Tamaulipas? 

CULPA IN VIGILANDO 
Por Nohemi Argüello Sosa

2028: ¿Gobernadora para Tamaulipas?
 

Postular a la gubernatura a una persona del género distinto a la persona en el cargo y postular a la gubernatura a una persona de género distinto a la que se postuló en la elección anterior, son las disposiciones aprobadas por los Congresos Locales en Coahuila y Edo. de México, respectivamente; entidades donde habrá elecciones a la gubernatura, el próximo 4 de junio de 2023. 

Aun cuando, una de estas recientes y urgentes REFORMAS ELECTORALES LOCALES se encuentra en proceso de reposición del procedimiento legislativo por sentencia judicial; y la otra, en espera para ser publicada; ambas corresponden a la armonización legislativa conocida como PARIDAD EN TODO, la cual implica la presencia de mujeres en un 50% en todos los ámbitos de la vida pública, incluidos cargos unipersonales como las gubernaturas. 

Esta reforma constitucional aprobada el 6 DE JUNIO DE 2019, dispuso en el artículo 35, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el derecho de la ciudadanía a poder ser votada en CONDICIONES DE PARIDAD para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la Ley; y en congruencia, también modificó el texto de la base I del Artículo 41 de la propia Constitución federal, para prever que, en la postulación de las candidaturas, los partidos políticos observarán el principio de paridad de género. Además, en el artículo 4º transitorio del Decreto se dispuso que “las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de su competencia DEBERÁN REALIZAR LAS REFORMAS correspondientes en su legislación, para procurar la observancia del principio de paridad de género en los términos del artículo 41” de la Constitución Federal. 

En la sesión de aprobación de la PARIDAD TOTAL, la diputada emecista MARTHA TAGLE expresó “La paridad no es otra cosa más que reconocer que las mujeres tenemos el derecho de formar parte de todas las decisiones públicas de este país, desde la presidencia municipal, pasando por las gubernaturas […]”. Recomendó darle seguimiento en los Congresos locales y mencionó “[…] venzamos todavía las resistencias que, sin duda, vamos a enfrentar y que juntas hagamos fuerza para cambiar la vida de todas las mujeres.”  

TAGLE tenía razón, la RESISTENCIA en la LXIV Legislatura tamaulipeca, con 19 DIPUTADAS y mayoría PANISTA, se hizo presente. La HISTÓRICA REFORMA se promulgó sin la aprobación de TAMAULIPAS, lo que no exime al Congreso local de la armonización legislativa correspondiente. 

Desde hace TRES AÑOS, TODOS LOS CONGRESOS LOCALES están obligados a la armonización de la PARIDAD EN TODO, ya que son la instancia responsable de construir modelos que recojan el contexto político, social y cultural de cada entidad federativa, y en los que se reconozcan derechos y se impongan obligaciones a los sujetos que intervienen en las contiendas, a fin de tutelar la observancia del PRINCIPIO DE PARIDAD en la postulación de candidaturas de mujeres y hombres y, en su caso, REVERTIR LOS OBSTÁCULOS presentes en cada entorno que han impedido el ejercicio pleno de los derechos políticos electorales de las MUJERES. 

En 2020, la LXIV legislatura local aprobó una armonización sobre violencia política en razón de género y paridad, pero no incluyó la PARIDAD EN LA GUBERNATURA, dejando un vacío normativo y la consecuente violación de los derechos políticos de las mujeres. Por tal razón, en 2021, el INE estableció las bases y reglas a las que se sujetó la postulación de las candidaturas a las gubernaturas de las entidades federativas. Sin embargo, su eficacia está en duda. En las boletas de las pasadas elecciones por la gubernatura de Tamaulipas solo aparecieron nombres de hombres: AMÉRICO VILLARREAL, CÉSAR VERÁSTEGUI y ARTURO DIEZ. El único estado sin MUJERES en la contienda. 

Ahora, la oportunidad histórica está puesta para la LXV legislatura, con 18 hombres y 18 mujeres, podremos llamarla la VERDADERA LEGISLATURA DE LA PARIDAD si subsana la OMISIÓN LEGISLATIVA en la gubernatura. 

Atendiendo a la INTERPRETACIÓN CONFORME DE LA PARIDAD, las propuestas para la armonización legislativa apuntan a disposiciones como “Postular a la gubernatura a una persona del género distinto a la persona en el cargo” o “Postular a la gubernatura a una persona de género distinto a la que postuló en la elección anterior” lo que nos da el mismo resultado: LA POSTULACIÓN de SOLO MUJERES en 2028, garantizando la elección de la PRIMERA GOBERNADORA tamaulipeca. 

Usted, ¿qué opina? 

Correo: nohemiarguello@gmail.com 

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