REFLEXIONES 2022
Por Mtra. Emilia Vela González
25 de Noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer
–Mi esposo sabe que yo acostumbro a escuchar un programa de radio de dedicatorias. mientras hago los quehaceres de la casa, y llama a la estación para dedicar canciones de amor a otras mujeres.-. Esta fue la respuesta que dio una señora al Juez, cuando en el desarrollo de una Junta de Conciliación, éste le preguntó el motivo por el cual deseaba divorciarse.
Esto sucedió en los años setenta, cuando siendo estudiante de Derecho colaboraba en un Juzgado Civil y me tocó levantar el acta correspondiente a dicha junta. Muchos años después y en el marco del Día Internacional de la Mujer, me invitaron como ponente en un foro con el tema de la violencia contra la mujer. Inicié mi participación compartiendo la mencionada anécdota, al finalizar mi narración pregunté a las presentes- ¿creen que ahí había violencia? – la respuesta a coro fue siii.
En la década de los ochenta y noventa, como litigante en materia civil y familiar, catedrática en dichas materias, y como Juez Civil y Familiar de 1999 al 2005, con frecuencia abordaba o me enfrentaba al tema de la violencia, manejando entonces dos tipos, la física y la moral, ya sea como una causa de nulidad para un acto jurídico o una causal de divorcio, lo que se actualizaba cuando se ejercía en contra de la pareja, generalmente contra la mujer, contemplándose también la sevicia para referirse a la crueldad mental y más adelante se configuraría la violencia doméstica.
No dudo que existan personas que aún identifiquen la violencia con golpes o lesiones de distinta naturaleza, pero creo que la generalidad tendremos que admitir, que con independencia de la edad, estado civil, preparación académica, nivel socio-económica, hemos sido lastimadas, heridas, ofendidas, menospreciadas o ignoradas, en pocas palabras que existe una diversidad de maneras de provocar sufrimiento o dolor sin tocar a la persona, por lo tanto hemos sido víctimas de violencia, aunque en su momento no la hallamos identificado como tal.
La Ley General de Acceso a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, contempla como modalidades de esta la Psicológica, Física, Económica, patrimonial y sexual, al referirse a los ámbitos en los que ésta puede producirse señala el familiar, el laboral y docente; Institucional; en la comunidad y la Política.
Por lo que se refiere a la Violencia Política, Tamaulipas fue uno de los primeros Estados en incluirla en el 2016 en la Ley para Eliminar la Violencia contra la Mujer, y si bien señalaba distintos supuestos, no establecía consecuencias para los responsables. No sería hasta el 2020, después de muchos años de buscar tipificar conductas que se daban en el ámbito público contra la mujer, por el hecho de serlo, cuando este tipo específico de violencia se incluyó en la Ley General primeramente mencionada; se consideró delito en la Ley General de Delitos Electorales, y como infracción en la legislación electoral tanto general como local.
Cierta ocasión escuché el testimonio de una mujer que se había desempeñado como legisladora en la década de los noventa, compartió la experiencia de que cuando ella juntamente con otro legislador y acudían a hablar con alguien en temas relacionados con su cargo, era frecuente que durante la entrevista enfocaran su atención y únicamente se dirigieran al varón.
Veinte años después recordaría aquella conversación, cuando juntamente con otro compañero fuimos ratificados por el Congreso Local, como magistrados electorales. Al salir del salón de sesiones, diversos periodistas que cubrían la fuente se acercaron para entrevistar, sin excepción todos se dirigieron al hombre, como si yo fuese invisible.
Vale la pena precisar que en el ámbito político, una mujer puede participar como aspirante a un cargo de elección popular, precandidata, candidata, en el ejercicio del cargo para el cual ha sido electa, así como simpatizante, militante o con un cargo dentro de los partidos políticos; así mismo como votante, funcionario electoral, de casilla, de algún consejo electoral local o federal o integrante de un órgano electoral administrativo o jurisdiccional, y por supuesto en el ejercicio de un cargo público distinto al de elección popular.
En los medios de comunicación, he detectado distintas formas de ejercer violencia política contra mujeres y en ocasiones no parecen estar conscientes de ello. Ejemplos sencillos. En una rueda de periodistas se hace referencia a la designación de una mujer a un cargo público, uno de ellos señala que: –Su esposo es muy preparado y la va ayudar- . En un evento en el que participé y al que asistieron varias mujeres con cargos públicos, en la reseña que de tal acto se hace, el articulista descalifica a una de ellas porque en su opinión la ropa que usaba era inadecuada; Otro al referirse a una reunión señala como algo a destacar el cuerpo de la mujer que la preside. Alguien más al referirse a una presidenta municipal que enfrenta un problema de balacera en su ciudad, se la imagina llorosa, frotándose las manos y preguntándole a su marido que hacía.
Hoy 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de Violencia Contra la Mujer, resulta propicio reflexionar en un tema que nos afecta a todos, particularmente de que día con día nos enteramos de casos extremos de violencia que se traducen en feminicidios. Analizar la educación que están recibiendo los hijos, sean hombres y mujeres, cuestionarnos hasta que punto replicar estereotipos de género repercute e impide la sociedad igualitaria y libre de violencia a la que se aspira.
Hoy visto de naranja.
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