Por Jorge Maldonado Díaz
Monterrey | Las resoluciones en contra del Gobernador Samuel García Sepúlveda no paran y ahora el Tribunal Estatal Electoral ordenó al Congreso Local sancionar al mandatario local por tres resoluciones diferentes.
De acuerdo con el veredicto emitido por los magistrados del TEE, el ejecutivo estatal habría vulnerado la neutralidad e imparcialidad de la contienda electoral del año pasado.
Al revisar cada uno de los expedientes, se llegó a la conclusión de que el Gobernador del Estado acreditó la vulnerabilidad a la neutralidad e imparcialidad.
Sin embargo, declararon inexistentes las infracciones por parte del partido Movimiento Ciudadano.
En el segundo procedimiento, los magistrados al realizar el análisis de la acusación terminaron por resolver que García Sepúlveda aparte de haber vulnerado los principios de neutralidad y también hizo uso indebido de recursos públicos al realizar unas publicaciones en su cuenta de Instagram.
“En el proyecto, por una parte, se propone decretar la existencia del uso indebida de recursos públicos en su vertiente de la vulneración a los principios de neutralidad y equidad, al considerar que el denunciado sobrepasó los parámetros constitucionales que protegen dichos principios que han sido delineados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación mediante la difusión de material objeto del procedimiento” señala la sentencia.
Al igual que en el primer caso, el TEE dejó absuelto al partido Movimiento Ciudadano y no fue objeto de sanción.
En el tercer asunto visto durante la sesión se difundieron publicaciones en donde aparecía el Gobernador junto con el entonces candidato presidencial Jorge Álvarez Maynez.
Razón suficiente para que los magistrados consideraran que el mandatario estatal no solamente impactó en el proceso electoral local, sino también en el federal.
“La ponencia considera proponer la existencia de la infracción respecto de la vulneración respecto a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, pues de un análisis integral de las publicaciones 2 y 4 tuvieron impacto en la equidad en la contienda a faltar, el denunciado, a su deber de abstención durante el proceso comicial en la precampaña utilizando su cuenta personal para emitir mensajes teniendo su investidura como gobernador del estado, estimándose que la conducta que emprendió traspasó los límites inherentes a su encargo como servidor público, dado que su libertad de expresión rebasó los parámetros constitucionales que protegen los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, en quebranto de la contienda electoral”.
“En consecuencia, se propone dar vista a la Mesa Directiva del Honorable Congreso del estado para que determine lo que en derecho corresponda”, señala el veredicto.
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